Por incumplir el fallo de un juez que ordenaba que no volviera a llamar “viejita chismosa” al concejal Javier Julio Bejarano, el alcalde de Cartagena, William Dau deberá pagar cinco días de cárcel y cinco salarios mínimos legales vigentes.
Luego de una Tutela en contra del alcalde de Cartagena, William Dau Chamatt, interpuesta por el concejal Javier Julio Bejarano por “acciones injuriosas y calumniosas” tras llamarlo “viejita chismosa” en varias ocasiones, el Juzgado Quinto de Pequeñas Causas Laborales ordenó arresto de cinco días y una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes; dice el fallo, por incurrir en desacato a lo ordenado en el fallo emitido por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Cartagena, que lo obligaba a disculparse públicamente por sus expresiones ofensivas hacia el cabildante.
Cabe recordar que el pasado mes de agosto, a través de sus redes sociales el burgomaestre publicó un video retractándose de llamar “viejita chismosa” a Bejarano, hecho que el concejal describió como insuficiente.
En los últimos minutos la Alcaldía de Cartagena emitió un comunicado informando que dicho desacato “no es una decisión definitiva, ya que la sanción está sujeta a consulta ante el superior, el Juzgado Tercero Laboral del Circuito”.
El mandatario publicó en sus redes sociales un video en el que aseguraba que se retractaba de llamar al concejal por el apodo en cuestión, pero justo en ese mismo video lo nombró de esa forma 14 veces, lo que sirvió de argumento al cabildante para presentar el desacato que salió a su favor.
“El señor el señor WILLIAM DAU CHAMATT, alcalde mayor de Cartagena de Indias, es responsable de INCURRIR EN DESACATO a lo ordenado en el fallo emitido por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Cartagena el 16 de agosto de 2022”, se lee en el fallo.
“La medida restrictiva del derecho de libertad personal debe ejecutarse inmediatamente el superior funcional resuelva el grado de jurisdicción de consulta, para lo cual se comunicará de esta orden al Comando de Policía de Cartagena, para que a través del señor coronel comandante de dicha unidad, se haga posible su realización. Se fija como sitio de reclusión las instalaciones del C.T.I. o los calabozos del comando de la Policía Nacional en Cartagena”.