La víctima recurrió a una acción de tutela, donde exigía la protección a su integridad física y a la de su nieta quien también era maltratada.
Frente a este caso, la Corte Suprema de Justicia emitió su fallo en favor de una mujer de la tercera edad que era víctima de agresiones y maltratos, por parte de su propia hija.
Sin embargo, este caso alcanzó el despacho del magistrado Diego Eugenio Corredor de la Sala Penal de la Corte, luego de conocerse una tutela interpuesta por la mujer luego de que los jueces determinaran que su hija iba a permanecer en detención domiciliaria, compartiendo la misma vivienda donde ocurrieron las agresiones.
Esa señora de la tercera edad, ya cansada de los maltratos, tuvo que irse por un tiempo de su propia casa a vivir donde su vecina amiga, la misma que le ayudó a interponer la demanda contra su propia hija, pues esta no sólo agredía a la mujer de 75 años, sino también su nieta de 14 años.
Sobre el particular, la Corte corroboró que en contra de la hija existen por lo menos tres acciones penales por el delito de violencia intrafamiliar, donde la víctima es su mamá.
La Corte tomó cartas en el asuntó y, al fallar a favor de la mujer de la tercera edad, ordenó a la Fiscalía pedir una audiencia ante un juez de control de garantías en busca de que se caiga la casa por cárcel y se envíe a la hija de la mujer a un centro penitenciario.
También se emitieron ordenes al departamento de política del Cesar y a la Comisaria de Familia de Valledupar para que revisen e impartan medidas de protección a favor de la mujer de la tercera edad.
Mientras que la orden de la Corte Suprema de Justicia al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, seccional Cesar, es que evalúe la situación de los menores que conforman el núcleo familiar de la mujer y “determine, en el ámbito de sus competencias, si hay lugar a iniciar un proceso administrativo de restablecimiento de derechos, o cualquier otra medida pertinente para la salvaguarda de los derechos de niñas, niñas o adolescentes implicados”.