Los “consumos irregulares” que traducen robo de energía, fueron detectados por Air-e en las manzanas 7. 8A, 8B y 9A del proyecto de viviendas de interés social, Casagrande 2. Lo insólito e injusto es que Air-e, teniendo las pruebas, insiste en cobrarle el monto total del robo de energía a Navarro Constructores S.A.S.
Precisamente, en un comunicado oficial la constructora convoca a una reunión urgente de propietarios, al tiempo que anuncia, a través de su equipo jurídico, duras acciones legales de continuar la bochornosa e injusta situación.

Este es el comunicado de Navarro e Hijos Constructores S.A.S. :
“De manera atenta nos dirigimos a ustedes, con el fin de colocar en su conocimiento que, desde el mes de marzo de la presente anualidad, se ha denunciado1 a AIRE
S.A. E.S.P., los consumos irregulares, atinentes a sus manzanas. Lo anterior, teniendo en cuenta que, desde el mes de septiembre de 2023, la compañía se encontraba en un proceso, con la citada entidad, de un cobro de lo no debido.
Ahora bien, es imperativo precisarles que, sin perjuicio de las acciones administrativas que adopte la entidad prestadora del servicio de energía, la compañía, dio inicio a las alternativas legales que le asisten. Toda vez que, al existir un medidor de control y/o totalizador; los valores no cancelados por ustedes, son cargados al citado medidor y facturado a la compañía. No obstante, en igual sentido, señalamos que la conducta en comento, es de carácter punible, en los términos del artículo 256 del código penal2, el cual, preciso:
“Artículo 256. Defraudación de fluidos: El que mediante cualquier mecanismo clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos contadores, se apropie de energía eléctrica, agua, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses y en multa de uno punto treinta y tres (1.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes.” 




De acuerdo a la anterior tabla, en color rojo, podrán apreciar en la última columna, el consumo de energía promedio de un mes; de los cuales, es palpable que incluso algunos no tienen el consumo minino mensual de un electrodoméstico.
Ahora bien, es dable precisar que, para 2024 el rango de consumo de energía, de acuerdo al documento “RES CREG 031 y 079/97, 119/2007, 173/2011, 180 y 191 de 2014, 036/2015, 015/2018, 104, 010 y 188 de 2020, 024, 078 y 003 de 2021, 101-002/2022, 105-006, 101-
028 y 501-011 de 2023 y Circular CREG 094 de 2023 Costo Unitario enero de 2024 “; para estrato dos (2) el consumo promedio es de 173 KWH. A saber:

En el sentido indicado anteriormente, es evidente que los consumos referenciados en las tablas contenidas en el presente documento, arrojan una discrepancia en el rango de consumo. Lo cual, está causando perjuicios graves a la compañía y por los cuales, reiteramos, iniciamos las acciones legales pertinentes. No obstante, en aras de atender la citada problemática, los instamos a que el día 31 de mayo de 2024 a la una pm (1 pm), en nuestras oficinas, dispongan de cinco (5) representantes del proyecto, con el fin, de precisar las medidas de corrección a las presuntas faltas.
El presente documento, fue notificado a los correos electrónicos dispuestos por ustedes, en los contratos celebrados. Con el fin, de marcar la trazabilidad de su derecho a la contradicción; requisito pre procesal; para sustento de acciones legales.”, concluye el comunicado de la constructora en mención.








