Las Alcaldías de Puerto Colombia y Malambo, a cargo de los Alcaldes Wilman Vargas y Rumenigge Monsalve Álvarez, respectivamente, no transfirieron más de $8 mil millones de la sobretasa ambiental.
El municipio de Puerto Colombia dejó de transferir cuatro mil novecientos treinta y un millones cincuenta y cinco mil novecientos sesenta y un pesos ($4.931.055.961), mientras que Malambo no transfirió tres mil cuatrocientos treinta y ocho millones doscientos once mil setecientos setenta y seis pesos ($3.438.211.776).
Este dinero debió ser entregado a la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA), pero a la fecha no se ejecutó.
La ley establece que las Corporaciones Autónomas Regionales destinarán los recursos de que trata el presente artículo a la ejecución de programas y proyectos de protección o restauración del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de acuerdo con los planes de desarrollo de los municipios del área de su jurisdicción.
Las transferencias que los municipios deben hacer a las Corporaciones Autónomas Regionales, no son tributos ni obligaciones fiscales a su cargo, sino que son ingresos propios de las Corporaciones, pagados por los contribuyentes, sobre los cuales las entidades territoriales son solo recaudadores; lo que indica que el destinatario final de los recaudos es únicamente la C.R.A.
La Corporación Autónoma Regional del Atlántico agotó todos los mecanismos legales, con el fin de recuperar los recursos que dejaron de transferir los Alcaldes Wilman Vargas y Rumenigge Monsalve Álvarez, respectivamente.
La Corporación y la Alcaldía del municipio firmaron un acuerdo de pago y se registraron dos incidentes de desacato, el primero el 22 de agosto de 2023 y el segundo el 20 de noviembre de 2023.
La CRA espera el pronunciamiento por parte del juez.
Lo mismo ocurrió con el proceso del municipio de Malambo. El 13 de enero de 2023, el Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla falló en favor de la CRA.
Apertura de incidente de desacato contra la Alcaldía de Puerto Colombia
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De acuerdo con la normatividad, el incumplimiento de estas obligaciones financieras tipifica la conducta penal establecida en el Código Penal conocida como peculado por aplicación oficial diferente.
Este dinero fue recaudado del impuesto predial, es decir, que era de los contribuyentes.
Lo grave del asunto es que ya corre el mes de diciembre y los mandatos de Wilman Vargas y Rumenigge Monsalve Álvarez están por culminar.









